TERCERA CLASE: CONTENIDO DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO


¡Hola mis alumnos!

La Filosofía del derecho y lo mismo la Filosofía del Estado, tiene contenidos que llegamos a conocer por medio a su objeto formal y material, es decir, no basta describirlos, sino examinarlos por medio a los primeros principios de nuestra disciplina.

En esta clase buscamos que los alumnos conozcan los contenidos de la Filosofía del Derecho y por medio a nuestras asignaciones y actividades aprendan que la validez de un ordenamiento jurídico depende de condiciones formales y materiales.

CONDICIONES Y TEMAS DEL DERECHO

El derecho tiene dos condiciones:
  • Condiciones formales, que son todas las operaciones de que se sirve el legislador para construcir el ordenamiento jurídico.
  • Condiciones materiales o contenido, que son los bienes, conducta y fines protegidos con las normas e instituciones jurídicas.
A su vez, el derecho participa de tres órdenes:
  • Orden normativo
  • Orden social
  • Orden ético
Esta división es de conveniencia didáctica, no necesaria, es decir, que pueden ser sugeridos nuevos temas para conocerlo.

  1. El orden normativo es tema de la Filosofía del Derecho porque por medio a las normas llegamos a conocer el derecho, recordamos la limitada definición de derecho "es el conjunto de normas....",
  2. y como tales normas están dirigidas a personas que viven en sociedad para ajustar y coordinar cosas y acciones entre ellas participa también del orden social;
  3. y por último, no podrían las personas realizar estós órdenes sin referir sus acciones al orden ético por medio al cual conocemos los fines más elevados del derecho.
Por lo tanto, los juristas alcanzan una idea integral del derecho cuando observan el derecho en aquellos tres órdenes, que completan con la Filosofía del Estado donde se repiten los mismo órdenes.

FILÓSOFOS MODERNOS

No es lo mismo la división de los temas de la filosofía en aquellos tres órdenes que hacerlo con las propuestas de los filosofos modernos de los objetos de la ontología y la axiología - ser y deber ser - para concluir diciendo que la filosofía del derecho está dividida en ontología y axiología jurídica, lo cual sugiere un planteamiento casi ineludible, convincente, especialmente para estudiantes y noveles juristas.

A tales filósofos se le cuestiona que hayan eludido el planteamiento de la definición del derecho, o bien, que no se hayan planteado:

  1. ¿como ha de ser la definicion del derecho, si formal y material, o de ambas maneras?
  2. ¿la tarea del jurista se limita a que hagamos una simple ordenación de los datos del derecho? 
  3. ¿hay estructura del derecho sin datos referidos a bienes, conductas y fines valiosos como la justicia y el bien común?
Muchos jurístas - abogados y jueces - admiten y argumentan en base al campo axiológico y hasta podemos ser sorprendidos cuando nos hacen creer que las normas jurídicas tienen una estructura valiosa, pero aunque no les importe, podemos hacerlos caer cuando les hacemos saber que "no llegan a la conclusión del fin esencial de la técnica jurídica" y solo se proponen el sofisma de repetir las categorías del ser y del deber ser del derecho.
El sofismas de tales filósofos consiste en señalar que la filosofía del derecho se ocupa del deber ser y las ciencias jurídicas se ocupan del ser, entonces proponen que se deba estudiar las condiciones de validez del derecho positivo (derecho que es) y luego estudiar el derecho justo, natural (el derecho que debe ser).

A tales sofistas inescrupolosos no les importa llegar a la conclusión de afirmar un posible derecho injusto diciendo "UNA COSA ES EL DERECHO Y OTRA LA JUSTICIA". Su falsa primesa dice: "Es conveniente y deseable que el derecho sea justo, pero si no lo es, (como ha ocurrido en la historia) no por eso deja de ser derecho." Para ellos no es extraño vivir diciendo que "el concepto del derecho no implica una referencia esencial a la justicia y al bien común, como fines del propio derecho."

PROPUESTA DE DEL VECCHIO
La propuesta del Del Vecchio sugiere que para alcanzar una idea integral del derecho debamos realizar nuestras tareas de juristas investigando el derecho desde el punto de vista lógico, fenomenológico y deontológico, es decir, tres tipos de investigaciones y el resultado sea el derecho.

ASIGNACIÓN

De la sentencia 168-13 describan en no más de tres páginas los tres órdenes (normativo, social y ético) de los trece jueces que les sirvieron para la argumentación jurídica y evalúen dichos datos desde el punto de vista del objeto de la filosofía del derecho. Consulten este material básico "CONTENIDO DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO". Y en clase presencial tratamos el foro: "¿por qué es un sofisma dividir la filosofía del derecho en "ser y deber ser"?

Tiempo: Una semana del 6 al 13. Evaluación cualitativa.

Recapitulando: Tienen que hacer un informe y participar en un foro, una semana para estudiar, entregar y participar.

Nos venmos.

Juan de Dios Deschamps Félix

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